Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2026

Salario Mínimo Interprofesional (SMI) 2026: Cuantía, complementos y reglas de absorción

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la retribución mínima que las empresas en España deben pagar a un trabajador por una jornada completa, sin distinción de edad o sexo. Cada año el Gobierno actualiza su cuantía teniendo en cuenta factores económicos y sociales, con impacto directo en millones de trabajadores y empleadores.

 

Cuantía oficial del SMI en 2026

Según el Real Decreto 126/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 19 de febrero de 2026, el SMI para el año 2026 se sitúa en:

  • 1.221 € brutos mensuales en 14 pagas (cómputo mínimo)
  • 40,70 € por día trabajado
  • 17.094 € brutos anuales como referencia mínima
  • 57,82 € por jornada para contratos temporales de menos de 120 días
  • 9,55 € por hora en empleos del hogar por horas

Esta cuantía se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026 y representa un aumento del 3,1 % respecto al año anterior.

¿Qué significa esta subida?

El incremento del SMI tiene como objetivos:

  • Proteger el poder adquisitivo de los trabajadores con salarios más bajos.
  • Reducir la desigualdad salarial.
  • Servir de referencia para prestaciones, subsidios y determinados umbrales fiscales.

El acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los sindicatos UGT y CCOO impulsó esta subida, aunque las patronales (como CEOE y Cepyme) no acompañaron el acuerdo aduciendo desacuerdos sobre impacto económico.

Complementos salariales: ¿se suman o se absorben?

Una de las cuestiones clave al actualizar el SMI es cómo afectan los complementos salariales (como plus de antigüedad, por turnos, responsabilidad, etc.):

Complementos que se suman

El SMI no incluye los complementos salariales. Esto significa que:

  • Los trabajadores que ganan el SMI reciben además los complementos salariales establecidos por convenio o contrato si les corresponden.
  • También se suman importes vinculados a incentivos y primas, siempre que proceda según convenio colectivo o contrato de trabajo.

En otras palabras, si tu salario base es el SMI, los complementos incrementan tu salario total, sin reducir el mínimo legal.

Reglas de compensación y absorción

La norma vigente mantiene las reglas tradicionales de compensación y absorción:

  • Si en cómputo anual todos los conceptos salariales que percibe un trabajador superan el total del SMI (17.094 € anuales), la empresa puede considerar absorbido el aumento del SMI dentro de ese total.
  • Esto significa que un convenio o contrato con salarios ya altos podría no aumentar la retribución total si ya cubre el SMI por encima de esa referencia anual.

A pesar de debates y promesas públicas de reformar las reglas de absorción para impedir que los pluses compensen subidas del SMI, la última redacción publicada no cambia esta regla por ahora.

Contrato de formación

¿Estás aprovechando bien el contrato formativo en tu empresa?

El contrato formativo es una de las herramientas más interesantes para incorporar talento joven, reducir costes iniciales y formar profesionales a medida.

Sin embargo, muchas empresas:

  • Lo utilizan mal.
  • No eligen la modalidad correcta.
  • O directamente no lo usan por desconocimiento.

Y eso puede suponer riesgos en inspección o pérdida de oportunidades de ahorro y talento.

Te explico lo esencial.

Existen dos tipos de contrato formativo (y no son lo mismo)

1️⃣ Formación en alternancia

Ideal cuando quieres incorporar a una persona que todavía está estudiando (FP, universidad, certificados profesionales).

✔️ Combina trabajo y formación oficial
✔️ Costes salariales ajustados
✔️ Cotización reducida en muchos casos (Pueden estar bonificados 100%)
✔️ Posibilidad de formar al trabajador según tus necesidades reales

Es una excelente vía para crear cantera en la empresa.

2️⃣ Práctica profesional

Pensado para titulados recientes que necesitan adquirir experiencia.

✔️ Duración de 6 meses a 1 año
✔️ El puesto debe estar relacionado con la titulación
✔️ Permite incorporar talento cualificado con menor riesgo

El error más común

Muchas empresas lo utilizan para cubrir necesidades estructurales sin cumplir la verdadera finalidad formativa.

Esto puede generar:

  • Transformación automática en indefinido
  • Sanciones económicas
  • Reclamaciones salariales

Un contrato formativo mal planteado puede salir caro.

Cuando está bien diseñado, es una herramienta estratégica

✔️ Permite detectar talento antes de hacer indefinido
✔️ Reduce costes en la fase inicial
✔️ La transformación de este contrato en indefinido está bonificada
✔️ Mejora la planificación de recursos humanos
✔️ Refuerza la imagen de empresa comprometida con la formación

Pero debe:

  • Cumplir requisitos formales
  • Ajustarse a convenio
  • Tener plan formativo real
  • Estar correctamente documentado

¿Tu empresa lo está aplicando correctamente?

Desde Valbén Economistas no nos limitamos solo de hacer contratos. Asesoramos y orientamos a nuestros clientes a elegir la modalidad adecuada, minimizar riesgos y optimizar costes.

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Planificación Fiscal y Contable

Cierre del ejercicio contable y fiscal: claves para empresas y autónomos

Desde Valbén Economistas entendemos que el cierre del ejercicio contable y fiscal es uno de los momentos más importantes del año desde el punto de vista tributario. Una correcta revisión permite cumplir con la normativa y, además, planificar de forma eficiente la carga fiscal.

Por eso, hemos estado trabajando y manteniendo reuniones con nuestros clientes durante los meses de noviembre y diciembre de 2025.

Entre las principales actuaciones destacan la conciliación bancaria, la revisión de facturas, el control de gastos deducibles y la correcta imputación de ingresos y gastos al ejercicio correspondiente.

En el caso de las sociedades, es fundamental revisar amortizaciones, provisiones, existencias y posibles ajustes en el Impuesto sobre Sociedades. Para autónomos y personas físicas, cobra especial relevancia el control del IRPF, el IVA y las posibles deducciones aplicables.

La planificación fiscal de fin de año permite tomar decisiones a tiempo, como anticipar inversiones, ajustar ingresos o realizar aportaciones a sistemas de previsión.

Un buen cierre no solo evita errores y sanciones, sino que aporta tranquilidad y ahorro fiscal.

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Contrato en prácticas.

Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional.

El Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre modifica y desarrolla lo previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y con ella el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de práctica profesional. 

Según lo previsto en el artículo 11.3 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato tendrá por objeto la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación objeto del contrato, mediante la adquisición de las habilidades y capacidades necesarias para el desarrollo de la actividad laboral correspondiente al título obtenido por la persona trabajadora con carácter previo.

El Contrato en Prácticas va destinado a personas que hayan obtenido la titulación universitaria o certificado de grado C, D o E del sistema de formación profesional, así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.

Tiene que realizarse dentro de los tres años siguientes a la obtención del título, o cinco años si la persona contratada tuviese reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, además la persona no debe tener experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la misma empresa por un tiempo superior a tres meses.

La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de un año.

La retribución por el tiempo de trabajo efectivo será la fijada en el convenio colectivo aplicable en la empresa para estos contratos o, en su defecto, la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso la retribución podrá ser inferior a la retribución mínima establecida para el contrato de formación en alternancia ni al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Tienes que elaborar un plan formativo individual, tutorización y certificado de la práctica realizada.

Para personas trabajadoras con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez el contrato estará bonificado.

Cuando finalice el contrato en prácticas, si se transforma en contrato indefinido, puede aplicarse bonificación por la transformación, siendo esta bonificación en cotización de 128 €/mes para hombres o 147 €/mes para mujeres durante 3 años.

SE PRORROGA, POR SEGUNDA VEZ, LA ENTRADA EN VIGOR DE VERI*FACTU A 2027

Se prorroga por segunda vez la entrada en vigor de VERI*FACTU, pues estaba establecida su entrada en vigor el 1 de julio de 2025, el Real Decreto 254/2025, hace una primera prórroga, siendo la entrada en vigor el día 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio para el resto de empresarios y profesionales.

A fecha 2 de diciembre de 2025, cuando una gran mayoría de los contribuyentes tienen adaptados sus Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), por la proximidad a la fecha de efecto, vuelven a prorrogar la entrada en vigor de VERI*FACTU, siendo las nuevas nuevas fechas para su cumplimiento el día 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales.

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y de las comunidades autónomas, y por el que se modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

 

En la norma, en la Disposición final primera, es donde figura la modificación del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y dice que la disposición final cuarta queda redactada en los siguientes términos:

 

«Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos. El presente real decreto y el reglamento entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) deberán tener adaptados los sistemas informáticos a las características y requisitos establecidos en este reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 deberán tener operativos los citados sistemas informáticos antes del 1 de julio de 2027. Los obligados tributarios del artículo 3.2, en relación con sus actividades de producción y comercialización de los sistemas informáticos, deberán ofrecer sus productos plenamente adaptados al reglamento en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera este real decreto, sin perjuicio de la obligada adaptación de los sistemas incluidos en contratos de mantenimiento plurianual conforme a las fechas señaladas anteriormente. En el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial a que se refiere la disposición final tercera de este real decreto estará disponible en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria el servicio para la recepción de los registros de facturación remitidos por los Sistemas de emisión de facturas verificables.»

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Que es VERI*FACTU y como funciona

¿Qué es VERI*FACTU?

  • VERI*FACTU (o Verifactu) es un sistema de facturación regulado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) española. 

  • Forma parte del Reglamento de Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF), aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.

  • Su objetivo principal es combatir el fraude fiscal, garantizando que las facturas emitidas por empresas y profesionales sean seguras, verificables y estén debidamente registradas. 


¿Cómo funciona VERI*FACTU?

  1. Registro de facturación

    • Cada vez que se emite una factura, el sistema debe generar un “registro de facturación” que contenga datos clave (factura emitida, anulaciones, rectificaciones…).

    • Este registro tiene que garantizar integridad, trazabilidad, legibilidad, accesibilidad e inalterabilidad. 

  2.  Modalidades de cumplimento

    Existen dos modalidades válidas para cumplir la normativa:

    • Modalidad VERI*FACTU
      • Exige que los registros informáticos de factura sean remitidos a la sede electrónica de la Agencia Tributaria inmediatamente de su emisión, evitando con ello su alteración posterior y asegurando su conservación.
    • Modalidad NO VERI*FACTU.- Modalidad de conservación de los registros de facturación en el sistema emisor
      • No exige la remisión a la Sede Electrónica de los registros de facturación, pero exige requisitos adicionales de seguridad que incluyen la firma producida por el sistema emisor y la llevanza y conservación de un “REGISTRO DE EVENTOS”.
  3. Envío en línea a la AEAT

    • En el caso de los sistemas VERI*FACTU, los registros se envían instantáneamente (o casi) a la AEAT mediante conexión a Internet, de forma segura y automática.

    • Este envío continuo evita que se puedan manipular los datos más tarde sin dejar rastro.

  4. Código QR y verificación

    • Las facturas emitidas usando VERI*FACTU deben incluir un código QR.

    • Gracias a ese QR, el receptor de la factura (cliente, proveedor) puede cotejarla en la web o en la app de la AEAT para verificar que la factura es real y que sus datos coinciden con los registrados en Hacienda.

    • Además, hay una “huella” digital (“hash”) y firma electrónica para reforzar la seguridad.

 

 

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Benacazón organiza una sesión informativa sobre Veri*Factu para empresas y autónomos

Benacazón organiza una sesión informativa sobre Veri*Factu para empresas y autónomos

Sesión informativa de empresa sobre facturación digital

El Ayuntamiento de Benacazón ha anunciado una sesión informativa gratuita dirigida a empresas, comercios y autónomos del municipio y pueblos del entorno sobre el nuevo sistema estatal Veri*Factu. Se trata del modelo de facturación que todos los negocios deberán utilizar de forma obligatoria para enviar sus facturas a la Agencia Tributaria en tiempo real.

📅 Datos del evento

Fecha: Martes, 18 de noviembre
Hora: 09:00 h.
Ubicación: Salón de Plenos (Casa Palacio), Benacazón.

👨‍💼 Ponente

La charla será impartida por el economista Francisco Javier Valero, quien explicará de forma práctica qué deben hacer las empresas para adaptarse a Veri*Factu, qué cambios introduce la normativa y cómo evitar posibles sanciones.

Durante la sesión se abordarán temas clave como la emisión de facturas legales, el envío automático a la Agencia Tributaria, la implantación del código QR obligatorio en las facturas y los requisitos que deberán cumplir los programas de facturación a partir de la entrada en vigor de la normativa.

La actividad está coordinada por la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Benacazón.

ℹ️ Información y reservas:
Agencia de Desarrollo Local — Plaza Blas Infante, 1 (Benacazón)

La Factura Electrónica y VERI*FACTU.

El 6 de noviembre de 2024, Autoforma, (Asociación Profesional Nacional de Empresas Gestoras de Formación), entrevistó en su programa “Autoforma al día” a Javier Valero, en representación de Valbén Economistas, en esta entrevista se explican todos los aspectos de la obligatoriedad de la facturación electrónica y el reglamento VERI*FACTU que tendrá inicio el 1 de julio de 2025. Entra en el video y conoce como esta medida afectará a empresas y autónomos, y los pasos necesarios para adaptarte a la nueva normativa.

Para mayor información póngase en contacto con nosotros.

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Regularización del Nuevo Sistema de Cotización del Autónomo

Exitosa presentación, por parte del Economista Fco. Javier Valero en representación de Valbén Economistas, a los autónomos del Aljarafe de como sería y podría afectarles la regularización que está a punto de hacer la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el ejercicio 2023, una vez que ya tienen los datos de los ingresos reales obtenidos por los autónomos, los cuales se los ha facilitado la Agencia Tributaria.

En la presentación, Javier Valero indicó que se trata de un modelo de cotización que comenzó el 1 de enero de 2023, el cual se implantará de manera gradual en los siguientes 9 años y que se basa en la cotización por los rendimientos netos reales obtenidos por el trabajador autónomo, avanzando de esta forma a la convergencia de los distintos regímenes, igualando el nivel de protección y contribuciones de todos los trabajadores.

Jornada organizada el día 5 de noviembre de 2024 por el CADE Benacazón (Andalucía Emprende), perteneciente a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, con la colaboración del Ayuntamiento de Benacazón y la empresa de Benacazón Valbén Economistas.

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NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD  SOCIAL PARA AUTÓNOMOS

MAÑANA MARTES 21 MARZO, de 09:30 a 12:00 H. en el CADE de Benacazón (Pol. Ind. La Choza)
El Ayuntamiento de Benacazón informa que mañana martes 21 de marzo tendrá lugar una jornada gratuita sobre el «NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD  SOCIAL PARA AUTÓNOMOS«, que se desarrollará en horario de mañana DE 9:30 A 12:00 H., en la sede del Centro Andaluz de Emprendimiento (CADE) de Benacazón, situado en el P. I. La Choza, C/ Innovación 18.
Jornada organizada por el CADE Benacazón (Andalucía Emprende), perteneciente a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía, con la colaboración del Ayuntamiento de Benacazón y la empresa de Benacazón Valbén Economistas.
La Jornada será impartida por el Economista Francisco Javier Valero González, vecino de Benacazón y administrador de la empresa Valbén Economistas, profesional en la materia, que expondrá todo lo relacionada con esta nueva forma de cotización de los autónomos inscritos en el RETA.
La charla tratará los siguiente puntos:
-Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
-Introducción
-Características del nuevo sistema de cotización del trabajador por cuenta propia o autónomo
-Pasos del nuevo sistema
-Beneficios
-Nueva tarifa plana
-Otras modificaciones normativa
-Mecanismo de equidad intergeneracional
Infórmate en el CADE de Benacazón 671532523,
email: cpozuelo@andaluciaemprende.es
o en tu Agencia de Desarrollo Local 955 70 9999.